El SES firma un convenio con ADMO para la atención a los pacientes oncohematológicos y a sus familiares, a la vez que fomenta la donación

El gerente del Servicio Extremeño de Salud (SES), Ceciliano Franco, y la presidenta de la Asociación de Donantes de Médula Ósea de Extremadura (ADMO), Virtudes Carrasco, han firmado este martes un convenio de colaboración para la atención de donantes y pacientes oncohematológicos y sus familiares. El convenio tendrá una vigencia de tres años.

Uno de sus objetivos es ayudar a estos pacientes, a la vez que informar y acompañar a las personas que deciden hacerse donantes de progenitores hematopoyéticos, emprendiendo acciones en el ámbito social a través de la Ley del Voluntariado, una ley que da cobertura a una acción voluntaria sin adjetivos, sin excluir ningún ámbito de actuación.

ADMO es una entidad sin ánimo de lucro que proporciona herramientas dirigidas a favorecer la adaptación al proceso de enfermedad y tratamiento a pacientes oncohematológicos y a sus familiares, por lo que el SES orientará sobre estos servicios y recursos a los pacientes y familiares que acuden a sus hospitales. El SES tiene como fin mediante este convenio mejorar la situación del paciente con esta enfermedad y su entorno.

El convenio, pues, permitirá un acompañamiento más integral a la persona con enfermedad oncohematológica y a sus familiares, siempre y  cuando las personas lo requieran de forma libre y voluntaria, y no exista impedimento para ello. Va a posibilitar el descanso físico y emocional a la persona cuidadora y apoyar emocionalmente a la persona con enfermedad oncohematológica y a sus familiares para facilitar la expresión de emociones asociadas con el diagnóstico y el proceso de la enfermedad.

Asimismo, se realizarán actividades de animación y entretenimiento lúdico y educativo para facilitar la estancia de la persona enferma en el centro sanitario.

Según se establece en el convenio, el SES designará un representante que actuará como interlocutor entre el personal de los centros sanitarios y el personal de ADMO. Por su parte, la entidad elegirá a una persona como coordinadora del voluntariado, que responderá de la actuación de sus miembros y será quien represente a ADMO en la interlocución con el SES.

El SES permitirá al personal y voluntariado de ADMO el acceso a las instalaciones de los centros sanitarios, previa identificación, para la realización de las actividades que se contemplen en los programas de voluntariado desarrollados por la entidad, según los horarios los horarios de que disponga la dirección del área de salud correspondiente.

Ambas partes se obligan a prestar al personal voluntario la información, formación, orientación y apoyo necesarios para el ejercicio de las funciones que se les asignen y rechazar cualquier contraprestación material que pudiera serle ofrecida por parte de los beneficiarios o de cualquier otra persona relacionada con ellos, como remuneración de sus actividades voluntarias.

Finalmente, será obligación de las partes, así como del personal que interviene en nombre del mismo, tomar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la confidencialidad de los datos a los que se tenga acceso.

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