A debate el proyecto de Ordenanza Municipal de Ruido donde se plantean sanciones hasta 300.000 euros

  • Mañana se presenta en el Pleno la Ordenanza que regula la protección del medio ambiente urbano frente a la contaminación acústica.

La Ordenanza Municipal del Ruido tiene como objetivo regular la actuación Municipal para proteger el medio ambiente urbano frente a la contaminación acústica. Tiene como prioridad la adopción de medidas correctoras, dando la oportunidad a los locales a adecuarse y hacer viable su puesta en funcionamiento de la actividad.

El daño que produce el ruido puede suponer un riesgo grave para la salud de personas y para el medio ambiente. Por ello, la Ordenanza se aplicará a todos los establecimientos destinados a uso terciario y productivo, tanto a las actividades de nueva creación como a las existentes.

Los niveles de ruido se medirán de distinta forma dependiendo del horario, en la franja diurna que comprende de 08 a 22 h, no se podrán sobrepasar los 70 dbA en espacios abiertos mientras que en horario nocturno de 22 a 08 h, hay un límite de 55 dbA.

En cuanto a los niveles de ruido transmitidos al interior de las edificaciones y locales, en horario diurno no se podrán exceder los 50 dbA mientras que en horario nocturno se limita a un máximo de 40 dbA.

Corresponde al Ayuntamiento de Plasencia, el control del cumplimiento de esta Ordenanza, exigir la adopción de las medidas correctoras y aplicar las sanciones correspondientes, entre otras.

Las sanciones se aplicarán según la gravedad de la infracción. En caso de infracciones leves, se sancionará hasta 600 euros por causar molestias por ruidos, con puertas o ventanas abiertas. Si es una infracción grave la multa será de 601 hasta 12000 euros por el incumplimiento de las condiciones establecidas cuando no se haya producido un daño grave para el medio ambiente ni tampoco se haya puesto en peligro grave la salud de las personas. Si son infracciones muy graves, las multas podrán alcanzar los 300.000 euros si se llega a producir este daño.

Una vez aprobada en el Pleno, la ordenanza entrará en vigor 30 días después de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.





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