La Guardia Civil interviene 116.060 euros sin declarar mientras realizaba un dispositivo de prevención en la Autovía A-5

  • Se identificaron a dos hombres, de 51 y 33 años de edad y nacionalidad china, que se dirigían hacia Madrid procedentes de Lisboa (Portugal)
21 de julio de 2022. Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes a la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Cáceres (USECIC), identificaron a dos ocupantes de un vehículo, de nacionalidad asiática, mientras realizaban un dispositivo de prevención en la Autovía A-5. Entre sus pertenencias localizaron 116.060 euros en billetes de diferentes cuantías.
Los hechos tuvieron lugar en la mañana del pasado día 14 de julio, cuando los agentes de la Unidad de Seguridad Ciudadana de la Comandancia de Cáceres (USECIC), realizaban un dispositivo de prevención de seguridad ciudadana en la autovía A-5, dentro del término municipal de Trujillo (Cáceres).
En el operativo, identificaron un vehículo cuyos dos ocupantes, de nacionalidad china, de 51 y 33 años de edad, viajaban sentido Madrid procedentes de Lisboa (Portugal).
Tras realizar un registro superficial del vehículo y de sus pertenencias, los agentes hallaron, en el interior de una riñonera y de una mochila, gran cantidad de billetes de diverso valor.
Por esta razón, los ocupantes del vehículo fueron trasladados al Puesto de la Guardia Civil de Trujillo (Cáceres), donde manifestaron no haber realizado la correspondiente declaración de movimiento de medios de pago. Con la ayuda de una máquina contadora de dinero, se pudo saber que transportaban la cantidad de 116.060 euros, en billetes de diferentes cuantías. Manifestaron, igualmente, que el dinero provenía de Lisboa (Portugal), siendo la recaudación procedente de un casino.
Por todo ello, se procedió a levantar acta de intervención de los medios de pago, entregándose a los portadores la cantidad de 1.000 euros en concepto mínimo de supervivencia, y se les informó de que los hechos pudieran ser constitutivos de una infracción administrativa recogida en la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
El propietario del dinero deberá ahora acreditar su legal procedencia, sin perjuicio del expediente sancionador abierto, pudiendo suponerle una multa, si se demostrase la clara intención de ocultarlo o no se acreditara debidamente su origen.
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