Convocatoria para la concesión de Subvenciones para las actividades a desarrollar por las Entidades Juveniles de Plasencia 2021

Asociaciones

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/570681

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la ley 38/2003, de 17 denoviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo textocompleto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones Http//www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index

PRIMERO.- Beneficiarios/as.
Podrán concurrir a la siguiente convocatoria las Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Organizaciones, Organizaciones Políticas Juveniles, Escuelas de Tiempo Libre y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud, que reúnan los siguientes requisitos:

  • Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia en el momento de la aprobación de la presente Convocatoria.
  • Haber presentado justificación de gastos y memorias correspondientes a las subvenciones recibida con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.
  • Disponer de estructura, experiencia y solvencia suficiente para garantizar el cumplimiento de los programas solicitados.
  • No encontrarse incursas en alguna de las circunstancias a las que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Las asociaciones o entidades solicitantes deberán ejecutar de forma directa y por sí mismas los proyectos subvencionados.

SEGUNDO.- Objeto.
Es objeto de esta convocatoria la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a fomentar las actividades de las asociaciones juveniles. El objetivo es apoyar las actividades desarrolladas por las asociaciones juveniles, que tiene una gran proyección sobre los/las jóvenes en la Ciudad con actuaciones localizadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2.021 que tiendan a la consecución de alguno de los siguientes objetivos:

BLOQUE I

a) Proyectos que potencien la igualdad de género y la eliminación de la violencia machista entre la población joven.
b) Proyectos que potencien la integración de las personas con discapacidad.
c) Fomento del empleo juvenil, acceso a la vivienda y/o emprendimiento juvenil.
d) Prevención del acoso escolar, ciberacoso y la violencia juvenil.
e) Proyectos que den a conocer los Objetivos de Desarrollo Sostenibles (ODS).
f) Proyectos de integración de jóvenes socialmente desfavorecidos.

BLOQUE II

a) Proyectos de prevención del contagio por COVID19 entre la población infantil y juvenil.
b) Promoción de la salud, de hábitos saludable y prevención de todo tipo de adicciones.
c) Organización de campañas informativas dirigidas a jóvenes en cuestiones de interés.
d) Proyectos que ofrezcan asesoramiento e información para jóvenes en cuestiones de interés.
e) Proyectos dirigidos a la mejora de la calidad de vida de la juventud o al fomento de valores (inclusión, igualdad, diversidad, tolerancia…).
f) Proyectos que promociones la movilidad juvenil.

BLOQUE III

a) Promoción del asociacionismo juvenil, del voluntariado y de actividades destinadas a conseguir un mayor nivel de participación de la juventud a través del medio ambiente, la promoción artístico-cultural, el ocio, las nuevas tecnologías y el tiempo libre.
b) Promoción del Asociacionismo Juvenil a través de campañas publicitarias.
c) Actividades propias del verano y la época estival (acampadas y campamentos).
d) Publicaciones Juveniles: Publicaciones de temática e interés juvenil en cualquier tipo de formato (digital, papel, fanzine…).

TERCERO.- Bases Reguladoras.
Las Bases Reguladoras se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y en la página web del Ayuntamiento de Plasencia.

CUARTO.- Cuantía.
El importe total de las subvenciones a conceder no excederá en su cuantía total de 10.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 0106-3343-48905 del Presupuesto del ejercicio 2021.

QUINTO.- Plazo de presentación de solicitudes.
Toda la documentación deberá ser presentada en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia de 9,00 a 14,00 horas, en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación por la Base de Datos Nacional de Subvenciones, del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres y dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Plasencia.

Los/las interesados/as podrán examinar el texto íntegro de estas Bases en la página WEB de la Base de Datos Nacional de Subvenciones dependiente de la Intervención General del Estado, así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres.

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