Entra en vigor nuevas normas para la circulación en los vehículos de movilidad personal

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El pasado 2 de enero entraron en vigor las nuevas normas para la circulación en VMP (Vehículos de Movilidad Personal). Los VMP pasan a considerarse vehículos, por lo que están obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc.).

Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida. Deben circular entre 6 y 25 km/h y nunca podrán hacerlo por las aceras. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos. Los VMP van a necesitar un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos.

Al respecto, el Concejal de Interior y Tráfico, David Dóniga, ha declarado que la Policía Local cumplirá con estas nuevas directrices de la DGT, y que ya existía un borrador para modificar en este sentido la Ordenanza Municipal de Movilidad y adaptarla a esta nueva regulación, cuestión que se trató en la Comisión de Interior y que estaba esperando a esta última y definitiva regulación para elevarlo al Pleno.

Además, la modificación de la Ordenanza contempla otras cuestiones de obligado cumplimiento como disponer de un seguro de Responsabilidad Civil, el uso obligatorio del casco o disponer de chaleco reflectante para mejorar la visibilidad.

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